Gente si van a traer algo como esto que les va a costar 4x % de impuesto mejor inscribanse y van ustedes mismos a retirarlo así hacen uso de la ley general de aduanas, articulo # 93.
“Las mercaderías cuyo valor en aduanas no supere los 500 pesos centroamericanos (o su equivalente en moneda nacional), catalogados como pequeños envíos sin carácter comercial, indicados en el artículo 93 del CAUCA.”
osea, uno mismo puede ir a sacar las cosas de aduanas y decirle al aforador que no quiere pagar impuestos y listo, pero tiene que durar como una mañana hciendo filas.